Gobernadora firma ley que prohíbe que las aseguradoras vayan por encima del criterio médico
Como parte de un gran legado, la gobernadora Wanda Vázquez Garced firmó la medida de administración que envió a la Asamblea Legislativa y fue aprobada en la recién concluida Sesión Extraordinaria que enmienda el Código de Seguros de Salud de Puerto Rico y la Ley de Farmacia de Puerto Rico. El Proyecto del Senado 1658 busca prohibir que el criterio del médico sea alterado por las compañías aseguradoras, requerirle a las aseguradoras una cubierta inmediata temporera para que el paciente no se quede desprovisto de sus medicamentos hasta que se resuelva su reclamación, y requerir una orientación completa a los pacientes o asegurados cuyos medicamentos son denegados por despacho.
“Mi compromiso y la responsabilidad de este gobierno es velar por la salud de todos los ciudadanos. Como parte de ese compromiso, esta semana nos reunimos con la Junta de Supervisión Fiscal para solicitar poder proveer cubierta del Plan Vital a 200,000 personas que no tienen plan médico. Eso es pensar en la salud de nuestra gente que por razones de falta de ingresos y debido a la pandemia, no buscan atención médica. Ayer firmé esta importante ley que coloca primero al paciente. Como indiqué desde que presentamos esta medida, son los médicos los que determinan el medicamento y el tratamiento que deben recibir sus pacientes, no las aseguradoras. Todos en esta isla merecemos un servicio de salud digno”, expresó la gobernadora.
La recién firmada ley destaca que a los pacientes en ocasiones se les deniegan los medicamentos, en ocasiones porque las aseguradoras no proveen cubierta para permitir el despacho de los mismos hasta que el beneficiario cumpla con los requisitos del procedimiento para solicitar la aprobación de excepciones médicas. Esto provoca que el paciente no reciba el medicamento necesario ni una orientación responsable sobre los motivos por los cuales se le deniega el despacho de sus medicamentos cuando el mismo requiere aprobación de excepción médica. Esto retrasa el tratamiento del paciente, lo que en ocasiones provoca que se exacerbe y empeore su enfermedad o condición, hasta poder perder la vida.
Esta legislación aclara que en ninguna circunstancia la discreción médica al recetar un medicamento o proveer un servicio de salud reconocido por las normas generalmente aceptadas por la comunidad médica, puede ser alterada por los criterios de revisión clínica utilizados por la organización de seguros de salud o aseguradoras.
“No queremos que nuestros pacientes sufran por no recibir sus medicamentos a tiempo debido a trabas en el proceso de reclamación establecido por la aseguradora. De esta manera, garantizamos que los pacientes reciban el tratamiento oportunamente y con el medicamento indicado por su médico. Esta medida además ayuda a detener el éxodo de nuestros profesionales de la salud. Estoy muy satisfecha y es un gran legado en el área de la salud”, señaló la primera ejecutiva.