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El Foro de Puerto Rico

Friday, 9 de April de 2021 - 1:45 PM

Reclaman un plan de incentivo a largo plazo para limitar el éxodo de médicos de la Isla

En un intento por mejorar el acceso a los servicios de especialistas en la isla, la Ley 14 del 2017 propuso un plan de incentivos a médicos de Puerto Rico para impulsar el que consideraran a Puerto Rico como su primera alternativa para establecer sus prácticas médicas. En síntesis, dicho plan de incentivos ofrecía beneficios contributivos a los médicos, con el fin de detener el éxodo masivo de profesionales de la salud. 

Según la exposición de motivos de la propia Ley: “En Puerto Rico se está viviendo un éxodo masivo de nuestros profesionales a un ritmo acelerado y preocupante ya que desde el año 2004 la constante crisis económica enfrentada por la Isla y la falta de oportunidades de empleo en el sector privado ha forzado a nuestros ciudadanos a apartarse de nuestras costas en búsqueda de mejores oportunidades de empleo y un cambio de estilo de vida. Nuestro recurso humano se ha visto obligado a moverse fuera de Puerto Rico, principalmente a uno de los cincuenta estados de nuestra nación, privando a nuestra sociedad del mismo recurso humano que nos puede ayudar a salir de la crisis que vivimos.” 

Según la información que se deprende de varias fuentes de referencia, entre ellas la plataforma Health Industry Information Platform (HIIP), el número de médicos en Puerto Rico disminuyó de 13,452 a 9,700. Disminuyendo en su mayoría, los médicos especialistas, lo cuales se estima que estén proveyendo servicios alrededor de 6,500. Sin duda, en Puerto Rico existe una crisis en el acceso a los servicios médicos. 

Buscando solucionar la crisis y beneficiar a los segmentos de la población que no tienen acceso a los servicios de salud, se legisló y se aprobó la Ley 14, la cual ofrece un tratamiento contributivo favorable a los individuos a los que se les emita el decreto, quienes vendrán obligados a residir y ejercer la medicina a tiempo completo en Puerto Rico y cumplir con un mínimo de horas de servicio comunitario anuales o brindar servicios por igual cantidad de horas al Programa de Salud del Gobierno. 

Cabe señalar que en sus inicios estaban excluidos del decreto los generalistas de toda la isla, los internistas de las regiones de Ponce, Caguas y Región y los pediatras de la región de Metro. Luego, en una enmienda se incluyeron todos los médicos y dentistas de la isla, que según el Artículo 20 de la Ley radicaran antes del 30 de junio de 2020; “Esta Ley comenzará a regir sesenta (60) días después de su aprobación con excepción de lo dispuesto en el Artículo 16 el cual tendrá vigencia inmediata. Se recibirán solicitudes de nuevos decretos bajo esta Ley hasta el 30 de junio de 2019. Las solicitudes posteriores se considerarán a tenor con lo dispuesto en el Código de Incentivos de Puerto Rico.” 

Pasado el 30 de junio de 2029, el nuevo Código de Incentivos de Puerto Rico, recoge en su Sección 2021.03 lo relativo a este tema, disponiendo que, “Todo individuo admitido a la práctica de la medicina general o de cualquier especialidad, de la podiatría; de la audiología; de la quiropráctica; de la optometría; sea un(a) cirujano(a) dentista o practique alguna especialidad de la odontología y, que cumpla con los requisitos que se establecen en la Sección 2023.02 de este Código, podrá solicitarle al Secretario del DDEC la Concesión de los incentivos económicos dispuestos en la Sección 2022.04. Todo Médico Cualificado que sea residente en Puerto Rico, según definido en la Sección 1010.01(a)(30) del Código de Rentas Internas, tendrá hasta el 31 de diciembre de 2020 para solicitar un Decreto bajo este Capítulo. De igual manera, todo Médico Cualificado que no sea residente de Puerto Rico a la fecha de vigencia de este Código, según definido en la Sección 1010.01(a)(30) del Código de Rentas Internas, tendrá hasta el 31 de diciembre de 2020 para solicitar un Decreto bajo este Capítulo. No se admitirán solicitudes que se reciban luego de las fechas antes dispuestas. Las solicitudes presentadas luego del 21 de abril de 2019 serán consideradas de conformidad con las disposiciones de este Código. (b) Los Médicos Cualificados que obtengan un Decreto bajo este Capítulo, estarán exentos de la aportación de diez mil dólares ($10,000) a entidades sin fines de lucro dispuesta en el apartado (b) de la Sección 6020.10. 

“¿La Ley logró el efecto que pretendía tener en la fuga de los médicos debió enmarcarse en un término definido? A nuestro juicio, no, por varias razones. Puerto Rico es una jurisdicción donde operan 4 escuelas de medicina los cuales mantienen en sus operaciones un promedio de 1,600 estudiantes. Además, existen 75 programas de residencias con un promedio de 850 médicos residentes. El suspender el incentivo que promovió la Ley 14 y luego se recogió en el Código de Incentivos, deja fuera a todos los futuros médicos, que van a salir del sistema de enseñanza de Puerto Rico. Lo cual tiene el impacto de volver a donde comenzamos con el tema y convertir a Puerto Rico en una fabrica de talentos para que jurisdicciones dentro de los Estados Unidos, con los incentivos apropiados, se beneficien de ellos”, dijo el director ejecutivo de HIIP, Lcdo. Salvador Rovira Rodríguez.  

“La evidencia que hemos visto, hasta el momento, nos indica que fue un buen proyecto, que ocasionó unos movimientos positivos de muchas especialidades médicas, pero ningún ley puede estar uno o dos años y pretender que haya un cambio total en el país”, expresó el director ejecutivo de Birling Capital Advisors, Francisco Rodríguez Castro. 

La Ley 14 del 2017 contó con una extensión de tiempo limitada, provocando que su efecto se vea limitado, ya que, de acuerdo con los planes de incentivo usuales, se debe tener un periodo de duración extenso para poder satisfacer la necesidad del lugar donde se ejecuta la política pública. 

“A esta ley había que darle un poco más de tiempo para que funcionara y causara el efecto de volver a tener la densidad de especialidades importantes en Puerto Rico, y eso aún no ha pasado con la grandeza que se esperaba”, añadió Rodríguez Castro. 

En estos momentos, el exodo de médico requiere acciones imprescindibles, como una enmienda al Código de Incentivos para ajustarlo a las necesidades de los servicios de especialistas que tenemos en este país, principalmente en extender su período de vigencia y beneficiar más médicos residentes que interesen desarrollar sus prácticas en Puerto Rico. Solo así, lograremos retener el talento de médicos puertorriqueños e incentivarlos., de acuerdo al criterio de Rovira Rodríguez.

Por otro lado, se ha señalado una necesidad de incentivar a los jóvenes médicos por medio de becas y ayudas económicas para sus estudios, para mantenerlos en la Isla y satisfacer la necesidad de personal médico en las regiones geográficas correspondientes. 

“Hay muchas maneras de retener a los jóvenes médicos, como los mecanismo de becas cuantiosas para que puedan estudiar en Puerto Rico y otras jurisdicciones, mientras se aseguran unos años de servicio médico en la Isla. Existen muchas otras maneras, pero tienen que haber unas nuevas formas de pensar y creatividad para poder retener a nuestros médicos”, finalizó Rodríguez Castro. 

El director ejecutivo de HIIP también concluyó que legislación como esta no debe ser atada a un período determinado, ya que lo que pretende resolver es una necesidad continua. Más aún, cuando tenemos una clase médica con un promedio de edad de 60 años, que se presume se estará retirando dentro de 5 a 7 años y es imprescindible que se mantenga un plan para sustituir el vacío que se creara. De lo contrario, tendremos una población que carecerá de uno de los servicios básicos, que la mantendrá productiva y ágil.

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